Nueva estratégia frente a la Lengua Azul

EL BOE publica hoy la Orden APA/229/2025, de 10 de marzo, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul que modifica la estrategia de lucha frente a la lengua azul y establecer medidas específicas de protección contra la enfermedad, de aplicación a todo el territorio nacional.

Autorizada la vacunación voluntaria frente al virus de la lengua azul en todo el territorio nacional frente a todos los serotipos que hayan sido detectados en el mismo.
Las comunidades autónomas que así lo dispongan podrán establecer que la vacunación en su territorio se realice de forma obligatoria, sin que ello suponga ninguna restricción a los movimientos de animales.

El movimiento de animales de especies sensibles dentro de las zonas sin estatus, tanto con destino vida como sacrificio, siempre que no muestren signos clínicos de la enfermedad.

Habrá trez zonas, declaradas mediante resolución que podrán ir modificándose:

  1. Zona libre.
  2. Zona sometida a programa de erradicación frente a los distintos serotipos del virus de la lengua azul.
  3. Zona sin estatus.

Y las comunidades autónomas insulares podrán decidir el establecimiento en su territorio de un programa de erradicación.