El 1 de octubre se publicaba en el BOE la Orden APA/1043/2024, de 30 de septiembre, por la que se establecen medidas específicas de protección y control frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul en España, estableciéndose una zona restringida frente al serotipo 3.
Zona restringida:
Se considerará zona restringida frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. En la Comunidad Autónoma de Andalucía:
– La provincia de Huelva.
– En la provincia de Sevilla: Las comarcas de Cazalla de la Sierra (Sierra Norte),
Cantillana (Vega de Sevilla) y Sanlucar la Mayor (Poniente de Sevilla).
2. En la Comunidad Autónoma de Extremadura:
– En la provincia de Cáceres: Las comarcas de Valencia de Alcántara y Cáceres.
– En la provincia de Badajoz: Las comarcas de Azuaga, Badajoz, Don Benito, Jerez
de los Caballeros, Mérida y Zafra.